Jubilación y segunda actividad de policías y guardias civiles
Actualizado el 27 de septiembre de 2026
Hoy un policía nacional o un guardia civil se jubila, por norma general, a los 65 años. Antes de eso, con la edad, pasa a segunda actividad (Policía Nacional) o a la reserva (Guardia Civil): sigue cobrando y trabajando en funciones no operativas. La gran reivindicación es la jubilación anticipada: las policías locales, Mossos, Ertzaintza y Policía Foral ya tienen coeficientes reductores por profesión de riesgo, pero Policía Nacional y Guardia Civil no. En 2026 hay una propuesta de ley en el Congreso, y según la prensa el Gobierno la está frenando por su coste.
Situación en 2026
| Cuerpo | ¿Jubilación anticipada por profesión de riesgo? |
|---|---|
| Policías locales | Sí |
| Mossos d'Esquadra | Sí |
| Ertzaintza | Sí |
| Policía Foral de Navarra | Sí |
| Policía Nacional | No |
| Guardia Civil | No |
La proposición de ley registrada en 2026 plantea reconocer a Policía Nacional, Guardia Civil y Vigilancia Aduanera como profesión de riesgo, con un coeficiente reductor de 0,20 (la edad de jubilación bajaría según los años de servicio), sin bajar de los 60 años (59 con 35 años de servicio). Está en tramitación inicial. Fuentes: elEconomista y El Confidencial Digital.
Segunda actividad y reserva
- Policía Nacional — segunda actividad: se pasa por edad o por pérdida de aptitudes. El policía deja las funciones operativas y pasa a otras, con sus condiciones retributivas propias.
- Guardia Civil — reserva: situación equivalente, a la que se pasa por edad según el empleo.
Las edades de pase y las retribuciones dependen de la escala o el empleo y de la normativa de personal de cada cuerpo.
Clases Pasivas o Seguridad Social
Quien ingresó antes de 2011 está en el régimen de Clases Pasivas, que permite jubilarse voluntariamente a partir de los 60 años con 30 años de servicio. Quien entró después cotiza a la Seguridad Social, con sus reglas de jubilación anticipada.
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Preguntas frecuentes
¿A qué edad se jubila un guardia civil?
Con carácter general a los 65 años. Antes pasa a la reserva por edad según su empleo.
¿Los policías nacionales tienen jubilación anticipada?
No como profesión de riesgo, a diferencia de policías locales, Mossos o Ertzaintza. Hay una proposición de ley en tramitación en 2026.
¿Qué es la segunda actividad?
Una situación a la que pasan los policías nacionales por edad o por pérdida de aptitudes, en la que dejan las funciones operativas y hacen otras tareas.
¿Qué es el coeficiente reductor?
Un porcentaje que reduce la edad de jubilación según los años trabajados en una profesión de riesgo. La propuesta de 2026 plantea un 0,20 para Policía Nacional y Guardia Civil.
